Una docente de una escuela pública de la provincia de Buenos Aires obtuvo un fallo favorable en la Justicia laboral luego de reclamar una indemnización por un accidente que sufrió mientras volvía a su casa después de trabajar. El Tribunal del Trabajo N° 4 de La Plata condenó a la Provincia, en su carácter de empleadora auto asegurada, a pagarle más de 25 millones de pesos.
Cómo fue el accidente
El hecho ocurrió el 14 de febrero de 2023 en General Rodríguez. Según relató la mujer en la demanda, terminaba su jornada laboral y caminaba hacia su domicilio cuando tropezó por el mal estado de la vereda: se dobló el tobillo izquierdo y cayó de rodillas, apoyando las manos para evitar golpearse la cara contra el suelo. La caída le provocó lesiones en la rodilla y el tobillo izquierdos.
El reclamo tras el alta sin incapacidad
Tras el episodio intervino Provincia ART, la aseguradora de riesgos del trabajo, que le brindó atención médica y luego le otorgó el alta sin reconocerle ningún grado de incapacidad laboral. La docente continuó su tratamiento a través de su obra social y decidió iniciar una demanda judicial para que la Justicia revisara esa decisión.
Qué determinó la pericia médica
Durante el proceso se realizó una pericia médica que concluyó que la trabajadora presentaba un síndrome meniscal en la rodilla izquierda y una limitación funcional en el tobillo del mismo lado, ambas lesiones vinculadas de manera directa con el accidente “in itinere” —es decir, ocurrido en el trayecto entre el trabajo y el hogar—. El informe fijó una incapacidad física permanente del 15,68%. En cambio, el reclamo por una supuesta incapacidad psicológica fue rechazado por falta de pruebas suficientes.
El criterio que usó el tribunal para fijar el monto
Uno de los aspectos más relevantes del fallo fue el cálculo de la indemnización. Los jueces explicaron que, aplicando estrictamente la fórmula de la Ley de Riesgos del Trabajo, la docente hubiera cobrado alrededor de 9,4 millones de pesos. Sin embargo, consideraron que esa cifra resultaba insuficiente frente a la pérdida del poder adquisitivo y declararon inconstitucional tanto el DNU 669/2019 como el mecanismo de actualización previsto en el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo para este caso puntual. Con ese criterio, el tribunal elevó el monto final a más de 25 millones de pesos.

